VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, por la cual la empresa "Mercedes Cable Visión S.R.L.",
solicita la renuncia a la autorización otorgada por el numeral 40 de la
Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998, para
prestar el servicio de televisión para abonados, por el sistema "TDH", en
la localidad de Chacras de Dolores, del Departamento de Soriano.-
RESULTANDO: I) que dicha autorización fue conferida originalmente por las
Resoluciones del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993 y 1120/94
de 4 de octubre de 1994, para suministrar el servicio de televisión por
"cable" en la ciudad de Mercedes, Departamento de Soriano.-
II) que acorde al numeral 40 de la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998
de 10 de marzo de 1998, se autorizó el sistema TDH para varias
localidades del departamento de Soriano, entre los cuales se encontraba
comprendida "Chacras de Dolores".-
CONSIDERANDO: el informe favorable de la Unidad Reguladora de Servicios
de Comunicaciones, a los efectos de otorgar la revocación solicitada.-
ATENTO: a lo informado precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Revócase la autorización otorgada a la empresa "Mercedes Cable Visión
S.R.L.", por el numeral 40 de la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998
de 10 de marzo de 1998, para prestar servicios de Televisión para
Abonados por el sistema TDH para la localidad "Chacras de Dolores",
departamento de Soriano.-