ADJUDICACION DE LA LICITACION PUBLICA N° 22/2024, RELATIVA A LA ADQUISICION Y DISTRIBUCION DE CARNE BOVINA EN CORTES ENVASADOS AL VACIO, PARA ATENDER LAS NECESIDADES DE LOCALES APOYADOS POR EL INDA EN LOS DEPARTAMENTOS DE MONTEVIDEO E INTERIOR




Promulgación: 07/05/2025
Publicación: 14/05/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estas actuaciones que tienen relación con el llamado a Licitación Pública N° 022/2024, realizado por el Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social" (MIDES), para la "Adquisición y distribución de hasta 484.468 kilos de carne bovina en cortes de paleta y bola de lomo, envasados al vacío, para atender las necesidades de locales apoyados por INDA en los departamentos de Montevideo e interior";

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social, N° 0136/2024, de fecha 23 de setiembre de 2024, se autorizó el inicio del procedimiento de Licitación Pública y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la convocatoria; 

   II) que en cumplimiento a lo establecido en el art. 51 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), con fecha 8 de octubre de 2024, se realizó la publicación en la página web de la Agencia Reguladora de Compras Estatales y en el Diario Oficial (IMPO), habiéndose asimismo invitado a las firmas: ABASTO DE CARNES SATURNO S.A., GARBATEX S.A. y RONDACROM S.A.;

   III) que con fecha 4 de noviembre de 2024, se realizó el Acto de apertura de ofertas on-line, habiéndose presentado las siguientes propuestas: A) ABASTO DE CARNES SATURNO S.A.; B) GARBATEX S.A.; C) HEBA LTDA y D) SANTA CLARA S.R.L.;

   IV) que se tuvo presente lo sugerido por la Comisión Asesora de Adjudicaciones (CADEA), encargada de evaluar las propuestas presentadas en informe de fecha 22 de noviembre de 2024;

   CONSIDERANDO: I) que se ha cumplido con los requisitos legales establecidos por el Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración financiera del Estado (TOCAF) para el procedimiento de Licitación Pública;

   II) que en cumplimiento de lo establecido por el artículo 67 del TOCAF, con fecha 3 de diciembre de 2024, se puso de manifiesto las actuaciones del presente procedimiento por el plazo legal;

   III) que en dicha instancia, la empresa SANTA CLARA S.R.L. con fecha 4 de diciembre de 2024, realizó consulta sobre la presentación con la cotización, del Certificado de la Cámara de Comercio, que acreditará el porcentaje del carácter nacional del producto, para aquellos proveedores que se acogieran al margen de preferencia, en cuanto no se exigía como condición obligatoria, aportarlo junto con la oferta, de acuerdo a lo previsto en el Punto VIII-4 a- del Pliego de Condiciones Particulares, el cual estipulaba que el Organismo se reservaba el derecho de solicitarlo;

   IV) que considerando la previsión contenida en el artículo 13 del Decreto N° 13/009, de 13 de enero de 2009, el cual expresa que el certificado que califica como nacional al bien, será de presentación obligatoria previo a la apertura de ofertas, salvo que el pliego disponga lo contrario, la CADEA entendió que al amparo del artículo 66 Lit. A) y artículo 149 Lit. B) del TOCAF, correspondía requerir de los precalificados, GARBATEX S.A. y SANTA CLARA S.R.L., el Certificado de la Cámara de Comercio, por ambos haber expresado en la cotización on-line que se acogían al margen de preferencia;

   V) que en atención a que el margen de preferencia tiene incidencia en la ponderación del factor precio, la CADEA tomó en consideración el planteo realizado y retrotrae su análisis, rectificando la puntuación y elabora un nuevo dictamen con fecha 19 de diciembre de 2024, respecto a su recomendación de adjudicación;

   VI) que en mérito a lo actuado, con fecha 26 de diciembre de 2024, se puso de manifiesto nuevamente las actuaciones del presente procedimiento por el plazo legal;

   VII) que la empresa GARBATEX S.A. con fecha 31 de diciembre 2024, remitió email por el cual manifestó que por el corte Bola de Lomo, no fue contemplado el porcentaje a aplicar por el régimen de preferencia para su firma y solicitan aclaración sobre cómo se aplica dicho porcentaje;

   VIII) que la CADEA en informe de fecha 8 de enero de 2025, mantiene en todos sus términos el dictamen emitido con fecha 19 de diciembre de 2024;

   IX) que se comparte el dictamen de la CADEA por el cual se aconseja la adjudicación a la empresa ABASTO DE CARNE SATURNO S.A.;

   X) que existe disponibilidad de crédito según informe de la Unidad de Planificación Presupuestal del MIDES, de fecha 7 de agosto de 2024;

   XI) que por Resolución N° 419/025, en sesión de fecha 19 de febrero de 2025, el Tribunal de Cuentas acordó: 1) "Dictada la resolución por el ordenador competente, cometer al Contador Auditor destacado ante el MIDES la intervención del gasto por hasta $ 123.119.396,64 con IVA percibido, con sus reajustes de precio correspondientes, previo control de su imputación al objeto del gasto adecuado, con disponibilidad suficiente"; 2) "Cometer asimismo, al referido Contador, la verificación de que la resolución definitiva, concuerde con las condiciones de la contratación sometidas a este Tribunal (artículo 8 de la Ordenanza N° 27, de fecha 22/5/58 en la redacción sustitutiva dispuesta por la Resolución de fecha 16/6/10);

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto en el Art. 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, y demás disposiciones concordantes y complementarias;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Adjudícase el procedimiento de Licitación Pública N° 022/2024, realizado por el Ministerio de Desarrollo Social, a la empresa ABASTO DE CARNES SATURNO S.A.; para la "Adquisición y distribución de hasta 484.468 kilos de carne bovina en cortes de paleta y bola de lomo, envasados al vacío, para atender las necesidades de locales apoyados por INDA en los departamentos de Montevideo e interior" según el siguiente detalle: 
   ZONA A Montevideo y Canelones:
*  Hasta 76.491 kilos de paleta al precio de $ 233,40 el kilo con IVA
   percibido, lo que hace un total de $ 17.852.999,40 IVA percibido.
*  Hasta 99.341 kilos de Bola de Lomo al precio de $ 277,08 el kilo con
   IVA percibido, lo que hace un total de $ 27.525.404,40 IVA percibido.
   ZONA B RESTO DEL PAÍS:
*  Hasta 178.019 kilos de paleta al precio de $ 233,40 el kilo con IVA
   percibido, lo que hace un total de $ 41.549.634,60 IVA percibido.
*  Hasta 130.617 kilos de bola de lomo al precio de $ 277,08 el kilo con
   IVA percibido, lo que hace un total de $ 36.191.358,36 IVA percibido.

2

   El monto total de la adjudicación asciende a la suma de hasta $ 123.119.396,64 (pesos uruguayos ciento veintitrés millones ciento diecinueve trescientos noventa y seis con sesenta y cuatro centésimos), impuestos incluidos, más ajustes que correspondan.

3

   Forma de pago: SIIF a 45 días de recibida la factura y el servicio de conformidad.

4

   Las erogaciones de referencia se atenderán con cargo al Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social", Unidad Ejecutora 003, Instituto Nacional de Alimentación, Programa 400, Proyecto 144, Objeto del Gasto 111, Aux. 000, T.M 00, T.C 0, Financiación 1.1.

5

   Comuníquese, publíquese, cumplido archívense las presentes actuaciones.

   PROF. YAMANDÚ ORSI - GONZALO CIVILA
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