DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 19/12/2002
Publicación: 30/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1727

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 EL MURAL deberá ser cuidado por el propietario, y cualquier acción de 
preservación deberá ser previamente autorizada por la Comisión del 
Patrimonio, debiendo el propietario tomar las medidas de salvaguarda 
respecto del Mural en caso de la realización de trabajos en el edificio 
que pudieran afectar la integridad o dañar al Monumento Histórico.
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