EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES GENERADAS POR LA ACTUACION DE LOS ARTISTAS FITO PAEZ, DADY BRIEVA Y ALEJANDRO DOLINA. 51ª SEMANA DE LA CERVEZA DE PAYSANDU
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la presentación de diversos espectáculos en la 51ª Semana de la Cerveza de Paysandú llevada a cabo del 19 al 27 de marzo pasados, en los que actuaron artistas no residentes.
RESULTANDO: I) que el evento realizado tuvo una indudable trascendencia cultural, artística y turística.
II) que la actividad fue de gran relevancia, generando promoción y difusión de nuestro turismo a nivel internacional.
III) que la misma ha sido declarada de interés nacional con fecha 1° de marzo de 2016 por parte del Ministerio de Turismo.
CONSIDERANDO: conveniente otorgar, en el marco de las disposiciones legales vigentes, aquellos beneficios fiscales que mejoren las condiciones de realización de la referida actuación.
ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones personales generadas por los artistas no residentes Fito Páez, Dady Brieva y Alejandro Dolina, que actuaron en la 51ª Semana de la Cerveza de Paysandú llevada a cabo del 19 al 27 de marzo pasados en la referida ciudad.