El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la Resolución Nro. 311/2017 de 11 de agosto de 2017, dictada por dicha Dirección Nacional.
RESULTANDO: I) que por el numeral 1 de la mencionada Resolución, se dejó sin efecto la Resolución de dicha Dirección Nacional Nro. 204/2017 de 31 de mayo de 2017.
II) que por el numeral 2 se autorizó provisoriamente a la empresa de bandera nacional CRISTALUX S.A., que gira con el nombre de fantasía AMASZONAS S.A., a operar servicios de transporte aéreo público, regular, internacional de pasajeros, correo y carga, en la ruta Montevideo (MVD) - Córdoba (COR) - Montevideo (MVD), con hasta 14 (catorce) frecuencias semanales, supeditada al Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo que vincula a la República Oriental del Uruguay con la República Argentina.
III) que la Resolución Nro. 311/2017 de 11 de agosto de 2017 se otorgó de acuerdo a lo recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil, en el punto 6 del Orden del día de su Sesión Nro. 103 de 19 de julio de 2017.
CONSIDERANDO: que se configuran en el caso las circunstancias que ameritan aprobar la autorización operativa provisoria de transporte aéreo público.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, a lo recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en su Sesión Nro. 103 de 19 de julio de 2017 y a lo dispuesto por el artículo 106 del Decreto Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974 (Código Aeronáutico) y por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE: