AUTORIZACION PARA UTILIZACION DE EMBARCACIONES. CONSORCIO PIRIAPOLIS. PUERTO DE PIRIAPOLIS




Promulgación: 09/03/1994
Publicación: 22/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 326
 Visto: la solicitud promovida por el CONSORCIO PIRIAPOLIS, integrado por:
empresa Uruguaya BYCIC Limitada y las empresas argentinas DAZEO Hnos. y
Cía. S.A.C.I. e I., GERONIMO RIZZO S.A. y DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A.
(D.Y.O.P.S.A.), para emplear las embarcaciones: Barcaza ALCIRA, Remolcador
EL PLATA, Lancha SUSANA NOEMI, Pontón grúa EXTREMIDAD, Pontones Playeros
(2), Bote tipo Zodiac con motor, en los trabajos a realizarse en las Obras
de Ampliación del Puerto de Piriápolis.

Considerando: I) que CONSORCIO PIRIAPOLIS ha resultado adjudicatario de
las Obras de Ampliación del Puerto de Piriápolis, de acuerdo a la
Licitación Pública Internacional Nº 37/91 de 28 de setiembre de 1993.

II) que las mencionadas embarcaciones serían afectadas a trabajos de
cateo, dragado con grampa, pilotaje, montaje de vigas y bloques de
hormigón premodelado, construcción de escollerado, formando un equipo
estudiado y preparado específicamente para operar en la referida obra.

III) que la Comisión Técnica de la Dirección Registral y de Marina
Mercante informa que no existe equipamiento similar en el país, que pueda
llevar a cabo dichas tareas.

IV) lo informado por la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas.

V) que el artículo 309 de la Ley 14.106 de fecha 14 de mayo de 1973
modificativo del artículo 1ro. de la Ley 12.901 de fecha 5 de enero de
1954, faculta al Poder Ejecutivo a autorizar con carácter de excepción la
utilización de embarcaciones de bandera extranjera cuando no existan
disponibles embarcaciones de bandera Nacional para aplicar a la navegación
y comercio de cabotaje.

Atento: a lo expresado y a lo informado por el Comando General de la
Armada con el asesoramiento de la Dirección Registral y de Marina Mercante
y al dictamen favorable de la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional.

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

  Autorízase a CONSORCIO PIRIAPOLIS; integrado por; empresa Uruguaya BYCIC
Limitada y las empresas argentinas DAZEO Hnos. y Cía. S.A.C.I. e I.,
GERONIMO RIZZO S.A. y DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (D.Y.O.P.S.A.); el
empleo de las embarcaciones Barcaza ALCIRA, Remolcador EL PLATA, Lancha
SUSANA NOEMI, Pontón Grúa EXTREMIDAD, Pontones Playeros (2), Bote tipo
Zodiac con motor, en los trabajos a realizarse en las Obras de Ampliación
del Puerto de Piriápolis de acuerdo a la Licitación Pública Nº 37/91 de
28 de setiembre de 1993.

2

   Establécese que CONSORCIO PIRIAPOLIS deberá comunicar a la Prefectura
Nacional Naval la fecha de ingreso de las mencionadas embarcaciones a las
aguas territoriales uruguayas y el comienzo y finalización de las
operaciones.

3

  Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus
efectos. Cumplido, archívese.

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - JUAN CARLOS RAFFO
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