Ver: Resolución Nº 1.002/017 de 23/10/2017 numeral 1.
VISTO: la gestión promovida por la empresa NULFERAL S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la prestación de servicios portuarios.
RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "A La Mercadería" en
la categoría E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la
Mercadería", en el Puerto de Montevideo.
II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión.
III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio N° 100/3.629 de 6 de marzo de 2012, procedió autorizar a dicha
empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del Poder
Ejecutivo.
IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 100/3.629 de 6 de marzo de 2012 (*), por la cual se autorizó la
habilitación a la empresa NULFERAL S.A., para prestar servicios portuarios
en el Grupo "A La Mercadería" en la categoría E) "Empresas Prestadoras de
Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en el Puerto de Montevideo, y
posterior inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios.