PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CLAIN S.A.




Promulgación: 04/03/1998
Publicación: 16/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    VISTO: El planteo realizado por la empresa CLAIN S.A., a fin de que se
extienda el plazo del Seguro por Desempleo para 282 (doscientos ochenta y
dos), de sus trabajadores.

    RESULTANDO: I)  Que la citada empresa se encontró obligada a reducir
transitoriamente su producción, debiendo enviar a su personal al Seguro de
Paro.

        II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión,
determinan que la empresa se vea imposibilitada de reingresar en forma
inmediata a la totalidad de sus trabajadores.

    CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el Inciso 2º del Art. 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

        II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente
de trabajo y producción, para que la empresa continúe efectuando gestiones
tendientes a concretar la reactivación industrial.

        III) Que resulta conveniente extender el amparo al Seguro por
Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir instrumentando las
medidas tendientes a la reincorporación del personal especializado,
evitando la pérdida de la fuente de trabajo.

    ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10º
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                          EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                    RESUELVE:

1

   EXTIENDESE por el plazo de 60 (sesenta) días a partir  de sus
respectivos vencimientos, el amparo de los  beneficios que otorga el Banco
de Previsión Social, por Seguro de Desempleo, a los 282 (doscientos
ochenta y dos) trabajadores de la empresa CLAIN S.A., que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

   COMUNIQUESE, notifíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
Ayuda