Autorízase -asimismo- la inversión del saldo de $ 19:376.550 (pesos
uruguayos: diecinueve millones trescientos setenta y seis mil quinientos
cincuenta), en los mismos términos que la anterior para futuras gestiones
o ejercicios.
La suma precitada, se atenderá con cargo a la Ley Nº 17.296 de 21 de
febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 955, Financiación 1.1
Rentas Generales y 2.1 Endeudamiento Externo.