CONSTITUCION DEL NUEVO BANCO COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 31/12/2002
Publicación: 02/01/2003
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1814

CAPITULO V - DE LA DIRECCION Y ADMINISTRACION DEL BANCO

1-16

ARTICULO 16º.- El Banco será administrado por un Directorio compuesto de 
tres miembros, que serán elegidos por la Asamblea de Accionistas la cual 
podrá además designar sus suplentes. Los directores, titulares o 
suplentes durarán un año en sus funciones, sin perjuicio que deberán 
permanecer en sus cargos hasta la toma de posesión de sus sucesores. 
Podrán ser reelectos. No existirá incompatibilidad entre el cargo de 
director y cualquier otro cargo o función en el Banco, rentada o no, 
salvo el de integrante de la Comisión Fiscal. Para ser Director se 
requerirá ser persona física de notorio prestigio y experiencia en 
materia financiera, sin perjuicio del cumplimiento de los demás extremos 
exigidos legal o reglamentariamente.- (*)

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