VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la petición presentada
por el señor José Antonio Trullen Chequi, titular de la sociedad
"DITAPLUS S.A.", que es concesionaria de la licencia de explotación del
Canal de Televisión abierta "Canal 3 de TV de Paysandú", para que se le
autorice la transferencia de la totalidad de las acciones nominativas que
están a su nombre a favor del señor Mario Coriolano Macri Ghensi.-
RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 183/000 de 22 de
febrero de 2000, se autorizó la transferencia de la titularidad del Canal
3 de TV de Paysandú, del señor Arturo Ariel Davison, a la Empresa
"DITAPLUS S.A.", cuyo único accionista nominativo es el señor José
Antonio Trullen Chequi.-
CONSIDERANDO: I) que el señor Mario Coriolano Macri Ghensi, ha acreditado
los extremos requeridos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978.-
II) que el cesionario es socio Administrador de la Sociedad "Exito FM
S.R.L.", la cual es concesionaria de la estación de frecuencia 99.7
(Canal CX 259) de la ciudad de Paysandú, autorizado por la Resolución del
Poder Ejecutivo 383/996 de 30 de abril de 1996.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo informado por la Asesoría
Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase la transferencia de las acciones que pertenecen al señor José
Antonio Trullen Chequi, en la sociedad "DITAPLUS S.A.", permisionaria del
"Canal 3 TV de Paysandú", de la ciudad de Paysandú a favor del señor
Mario Coriolano Macri Ghensi.-