Ver vigencia: Resolución Nº 408/009 de 11/05/2009.
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Exonérase en forma total a la empresa TORYAL S.A., de todo recargo
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado no competitivo de la
industria nacional:
* Un (1) conjunto de piso móvil con 3 tiradores para chips de madera.
* Un (1) canal vibratorio con resortes 500 x 5.000 mm.
* Un (1) elevador de recipientes para chips de madera 12 x 10.600.
* Un (1) picador de madera (chipeadora fija) a tambor para troncos y
residuos de madera, de tres cuchillas 350 x 700.
* Una (1) chipeadora portátil 40 x 42 de 12 cuchillas.