INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

18

Autorízase a COLONIA TELECABLE S.A. a suministrar el servicio de
televisión para abonados por el sistema "TDH" en las localidades de
Agraciada, Arrevillaga, Artilleros, Barker, Barrio Hipódromo, Blanca
Arena, Brisas del Plata, Campana, Chico Torino, Colonia Cosmopolita,
Conchillas, Cufré, El Ensueño, El Semillero, La Estanzuela, La Paz, Los
Pinos, Miguelete, Minuano, Pastoreo, Playa Azul, Playa Britópolis, Playa
Fomento, Playa Parant, Puerto Inglés, Radial Hernández, Riachuelo, Sta.
Regina, Zagarzaze y zonas rurales del Departamento de Colonia. 
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