INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

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Autorízase a CONSORCIO CABLEVISION MELO S.R.L. y TELECABLE CERRO LARGO
S.A. a suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema
"cable" en las localidades de Aceguá, Isidoro Noblía, Fraile Muerto y por
el sistema "TDH" en las localidades de Aceguá, Fraile Muerto, Isidoro
Noblía y zonas rurales del Departamento de Cerro Largo. 
Referencias al numeral
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