INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

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Autorízase a CONSORCIO VIDEO CABLE FLORIDA (integrado por ENORAL S.A.
y SILVERTAN S.A.) a suministrar el servicio de televisión para abonados
por el sistema "cable" en las localidades de 25 de Agosto, 25 de Mayo,
Cardal, Mendoza, Mendoza Chico, y por el sistema "TDH" en las localidades
de 25 de Agosto, 25 de Mayo, Cardal,  Chamizo, Derrondo, Fray Marcos,
Independencia, Mendoza, Mendoza Chico, Reboledo y zonas rurales del
Departamento de Florida. 
Referencias al numeral
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