INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

23

Autorízase a Arturo DAVISON OLIVER a suministrar el servicio de
televisión para abonados por el sistema "TDH" en las localidades de
Casablanca, Cerro Chato, Chapicuy, Beisso, Esperanza, El Eucaliptus,
Gallinal, La Tentación, Lorenzo Geyres, Merinos, Morato, Nuevo Paysandú,
Orgoroso, Paysandú Chacras, Piedra Sola, Piera, Porvenir, San Felix, Villa
María y zonas rurales del Departamento de Paysandú. 
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