INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

34

Autorízase a ICCE LTDA. a suministrar el servicio de televisión para
abonados por el sistema "cable" en las localidades de Gral. Enrique
Martínez, Rincón, Villa Sara y por el sistema "TDH" en las localidades de
El Vellaco, Gral. E. Martínez, Isla Patrulla, María Albina, Mendizabal,
Rincón, Valentínez, Villa Pasano, Villa Sara y zonas rurales del
Departamento de Treinta y Tres. 
Referencias al numeral
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