INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

45

Autorízase a REIFORD S.A. a suministrar el servicio de televisión para
abonados por el sistema "TDH", en las localidades de Balneario Iporá,
Cardoso, Chamberlain, La Pedrera, Las Toscas de Caraguatá, Laureles, Paso
Bonilla, Paso del Cerro, Piedra Sola y zonas rurales del Departamento de
Tacuarembó. 
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