INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. CEBOLLATI. 18 DE JULIO. VELAZQUEZ. LA CORONILLA. SAN LUIS AL MEDIO. CAPACHO. PUIMAYEN. PUNTA DEL DIABLO. BARRA DEL CHUY. FONDO DE VALIZAS. AGUAS DULCES. 19 DE ABRIL. ARACHANIA. BARRIO PEREIRA. CABO POLONIO. BARRIO TORRES. PARALLE. ROCHA




Promulgación: 10/03/1998
Publicación: 20/03/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 416
Referencias a toda la norma

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Autorízase a TELECABLE DEL URUGUAY LTDA. a suministrar el servicio de
televisión para abonados por el sistema "cable" en la localidad de Aiguá,
y  por el sistema "TDH", en las localidades de Aiguá, Arenas de José
Ignacio, Balneario Buenos Aires, Barrio Los Aromos, Bella Vista, Canteras
de Marelli, Cerro Pelado, Cerros Azules, Chihuahua, Edén Rock, El Chorro,
El Edén, Estación Las Flores, Frac. Ruta 37 y 9, Garzón, Gerona, Gregorio
Aunares, José Ignacio, La Capuera, La Sonrisa, Las Cumbres, Las Flores,
Los Corchos, Los Talas, Nueva Carara, Ocean Park, Parque Medina, Playa
Grande, Playa Hermosa, Playa Verde, Punta Ballena, Punta Colorada, Punta
Negra, Sta. Mónica, Sauce de Portezuelo, Solís y zonas rurales del
Departamento de Maldonado. 
Referencias al numeral
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