Visto: los comentarios, titulares y fotografías relacionadas a la
actividad política nacional, publicadas en el semanario "Democracia" en
las ediciones correspondientes al 4 y 11 de setiembre de 1981.
Resultando: I) Que en ambas ediciones se hacen comentarios lesivos al
Proceso y que comprometen la actual etapa de Institucionalización;
publicidad favorable a personas que tienen prohibido el ejercicio de
actividades de carácter político y se dan noticias falsas dirigidas a
perjudicar la economía nacional;
II) Que lo expuesto surge en la edición del día 4 de setiembre, en la
portada, y en las páginas 6, 12, 13 y 15; como asimismo en la edición del
día 11 de setiembre en la portada y en las páginas 3, 5, 7, 12 y 13.
Considerando: que la prédica citada puede alterar la tranquilidad y el
orden público y está reñida con el espíritu de reconciliación nacional que
ha de privar principalmente en el presente período.
Atento: a lo previsto en el artículo 3o. del decreto 464/973, del 27
de junio de 1973 y en el Decreto Constitucional 4 del 1º de setiembre de
1976,
El Presidente de la República
RESUELVE: