ALCANCE DE LOS BENEFICIOS DE LA CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA, PARA OBREROS QUE TENGAN ACTIVIDAD PARA TERCEROS




Promulgación: 29/11/1973
Publicación: 16/01/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Aclárase la incompatibilidad de percibir beneficios que sirve la Caja de Compensaciones por Desocupación de la Industria Frigorífica. Anúlase la Resolución de fecha 13 de setiembre de 1973 por la que se dispuso que el obrero que trabaje para terceros con autorización de la Caja y sin que sus tareas interfieran con las de la Industria Frigorífica, tienen derecho a percibir los beneficios del sustitutivo de la carne y asistencia médica", por razones de ilegalidad.

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