El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la necesidad de financiar el "Programa Uruguay Audiovisual".
RESULTANDO: I) que la Ley N° 19.472 de 23 de diciembre de 2016 creó el Sistema Nacional de Transformación Productiva y Competitividad - Transforma Uruguay, con la finalidad de promover el desarrollo económico productivo e innovador, con sustentabilidad, equidad social y equilibrio ambiental y territorial.
II) que el Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad priorizó a las Industrias Creativas, por tratarse de actividades dinámicas, en las que el país tiene condiciones competitivas.
III) que el pasado diciembre se lanzó una Hoja de Ruta Audiovisual con el objetivo de estructurar e implementar un conjunto articulado de proyectos concretos de corto y mediano plazo, considerados determinantes para el desarrollo competitivo e innovador de la actividad, entre los que se incluye el Programa Uruguay Audiovisual.
CONSIDERANDO: I) que el Programa Uruguay Audiovisual ha sido identificado como una herramienta prioritaria en el desarrollo de una estrategia país para el posicionamiento internacional del sector audiovisual y la ampliación de sus mercados.
II) que dicho Programa ha sido concebido como un mecanismo que promueve la producción audiovisual nacional a través de la atracción de producciones internacionales de gran porte necesarias para la mejora de las capacidades locales, la profesionalización del sector y la incorporación competitiva del país en el mercado de producciones internacionales.
III) que el Programa ha sido impulsado por la Gobernanza de la Hoja de Ruta Audiovisual, integrada por el Ministerio de Educación y Cultura a través de la Dirección del Cine y Audiovisual Nacional (ICAU), el Ministerio de Industria, Energía y Minería, a través de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y la Secretaría de Transformación Productiva, con la participación de otras instituciones públicas y del sector privado y de la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE), que será la responsable de su ejecución.
IV) que para llevarlo adelante es necesario implementar la devolución de algunos costos de producción a empresas extranjeras que requieran servicios de producción o de apoyo logístico de empresas nacionales, siempre que estén debidamente acreditados.
V) que, a tales efectos, es necesario establecer el financiamiento del Programa Uruguay Audiovisual, el alcance del uso de los fondos asignados, su vigencia y otros aspectos de similar naturaleza.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión prevista en el articulo 6° del Decreto N° 159/016 de 30 de mayo de 2016 y a lo establecido en el literal E) del artículo 5° de la Ley N° 19.337 de 20 de agosto de 2015 y en el artículo 7° del Decreto N° 159/016 de 30 de mayo de 2016,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase un apoyo de hasta USD 4:000.000 (cuatro millones de dólares de los Estados Unidos de América) con cargo a la Partición FONDES ANDE, para implementar el "Programa Uruguay Audiovisual" que será ejecutado por ANDE en su componente nacional e internacional, de acuerdo a las Bases que se acuerden en el ámbito de la Gobernanza de la Hoja de Ruta Audiovisual y con las condiciones que allí se establezcan.
TABARÉ VÁZQUEZ - PABLO FERRERI - ARIEL BERGAMINO - MARÍA JULIA MUÑOZ - GUILLERMO MONCECCHI