HONRAS FUNEBRES. RAUL UGARTE ARTOLA




Promulgación: 18/04/2007
Publicación: 27/04/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 629
VISTO: que el día 27 de marzo del corriente año falleció el Doctor Raúl Ugarte Artola;

RESULTANDO: que el citado ciudadano desempeñó el cargo de Ministro de Estado;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ley Nº 14.458 de 11 de noviembre de 1975 y Decreto Nº 354/991 de 25 de junio de 1991; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Tribútense honores fúnebres de Ministro de Estado a los restos mortales del Doctor Raúl Ugarte Artola.

2

 Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional, conforme al inciso 1º del artículo 1º del Decreto Nº 354/991 de 25 de junio de 1991.
 Dése cuenta a la Cámara de Senadores, comuníquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - MARIO BERGARA - AZUCENA BERRUTTI
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