El aumento de capital de la empresa FABRICA NACIONAL DE ACUMULADORES
ELECTRICOS S.A. (FANAESA), hasta un incremento equivalente a U$S 272.600
estará exonerado del Impuesto de contralor creado por el artículo 69 de
la ley 15.767, siempre que el hecho generador del tributo se cumpla antes
del 31/6/989.