Visto: la situación del antiguo edificio del Hospital Italiano que fuera
declarado Monumento Histórico al amparo de las disposiciones de la ley
14.040, de 20 de octubre de 1971.
Considerando: que es necesario mantener un ponderado equilibrio entre la
tendencia inspirada en el propósito de conservar edificios urbanos de
nuestra ciudad y la que se orienta en el sentido de acompasar su evolución
al ritmo del progreso nacional.
Atento: a lo antes expuesto,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Desaféctase de la declaración de Monumento Histórico el inmueble padrón
Nº 8.047, antiguo edificio del Hospital Italiano, ubicado con frente a las
calles Soriano 1090 y Paraguay 1241, de la ciudad de Montevideo.
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 293/986 de 04/03/1986 numeral 1.
Comuníquese a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación, al Registro General de Inhibiciones (Sección
Reivindicaciones), a la Intendencia Municipal de Montevideo a los
propietarios del inmueble desafectado y cumplido, archívese.