PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. NARANJALES JUAN SOLARI




Promulgación: 07/04/1999
Publicación: 16/04/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la INTENDENCIA MUNICIPAL DE SALTO y la
Empresa NARANJALES JUAN SOLARI, que gira en el ramo de Industria
Citrícola, a fin de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo
que abona el Banco de Previsión Social a cuarenta y seis (46),
trabajadores de la misma.

RESULTANDO: I) Que la Empresa desarrolla la actividad citrícola en forma
estacional, vinculada a los ciclos de la naturaleza que permiten la
cosecha del citrus.

II) Que vencida la zafra, los trabajadores son enviados al Seguro por
Desempleo, venciendo el plazo legal para estos trabajadores dos meses
antes del comienzo de la nueva.

III) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, considerándose especialmente, que
está por reanudarse la actividad zafral y de ese modo los trabajadores
podrán volver a la actividad.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase por el plazo de 60 (sesenta) días, a contar desde los
respectivos vencimientos el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los cuarenta y seis (46),
trabajadores de la firma NARANJALES JUAN SOLARI, que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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