El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178 de Promoción Industrial, se aplicará a las nuevas
integraciones de capital social de la "Compañía Salus S. A." hasta un
monto en moneda nacional equivalente a U$S 1:408.500 y siempre que se
realicen dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente resolución,
todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979,
del 19 de noviembre de 1979.