PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CAMPOMAR Y SOULAS S.A.




Promulgación: 14/03/1994
Publicación: 23/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: El planteo realizado por la Agremiación Obrera Textil, en
representación de los trabajadores de CAMPOMAR Y SOULAS S.A.

     Resultando: I) que la citada empresa, se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro de Paro.

     II) que con fecha 8 de febrero de 1994 se otorgó una prórroga de 60
días al personal de la empresa, de los beneficios que otorga el Seguro por
Desempleo.

     Considerando: I) que se han dilatado los proyectos tendientes a la
reactivación del establecimiento industrial.

     II) que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la reapertura de una fuente
de trabajo importante para la ciudad de Juan Lacaze.

     Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
artículo 10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

     Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días el amparo a los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social, por Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de la empresa CAMPOMAR Y SOULAS S.A. 

2

     Comuníquese, publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY
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