A los efectos del control y seguimiento, la empresa Industrias
Plásticas del Cerro S.A., deberá documentar ante el Ministerio de
Industria y Energía anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en
marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios
producidos y los vendidos sin perjuicio de toda otra información que le
sea requerida.