Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por la Empresa COOPERATIVA PROMOPES,
solicitando la prórroga del beneficio del Seguro por Desempleo para 24
(veinticuatro) de sus trabajadores.
Resultando: I) Que la citada empresa se vio en la necesidad de enviar
al Seguro de Desempleo a trabajadores ante la falta de demanda y problemas
en fletes y comercialización.
II) Que Coop. Promopés, ante el comienzo en el mes de abril de la zafra de
diversas especies y en especial de merluza, cuenta con perspectivas
ciertas, para reiniciar la actividad y de esa forma permitirle la
reincorporación del personal.
Considerando: I) Que resulta de interés general mantener esa
importante fuente de trabajo y producción, transitoriamente paralizada,
dada la inminente reinserción laboral de los beneficiados.
II) En tal sentido se considera conveniente extender el Seguro por
Desempleo por sesenta días, tiempo que insumirá la reactivación de la
producción.
III) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos señalados
en el inciso 2 del artículo 10 del Decreto Ley 15.180.
Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el Art. 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días y a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios de Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, para 24 (veinticuatro)
trabajadores de la Empresa Coop. Promopés, que se encuentren en
condiciones de acceder al mismo.