VISTO: la solicitud de revocación de autorización para funcionar como empresa de intermediación financiera efectuada por Discount Bank (Latin America) S.A.
RESULTANDO: que por Resolución de fecha 28 de octubre de 2015, la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay retiró a la gestionante, la habilitación para funcionar como empresa de intermediación financiera, a partir del cierre de sus operaciones del día 31 de octubre de 2015 como consecuencia de la transferencia universal de sus activos y pasivos a favor de Scotiabank Uruguay S.A.
CONSIDERANDO: I) que el Banco Central del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas emitieron informes favorables a la revocación de autos.
II) que en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo que disponga la revocación de autorización para funcionar concedida oportunamente.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 20 del Decreto Ley N° 15.322 de 17 de setiembre de 1982 y demás disposiciones concordantes y complementarias, a lo informado por el Banco Central del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE: