Visto: la solicitud de Fábrica Uruguaya de Neumáticos S.A. (F.U.N.S.A.),
a fin de que se le autorice a importar maquinaria al amparo de la
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 31 de enero de 1979, por la cual
fue declarada de Interés Nacional.
Resultando: I) La Unidad Asesora de Promoción Industrial entiende que es
procedente la ampliación de la citada resolución, a efectos de incluir
dentro del listado de las exoneraciones otorgadas en la misma, un horno
eléctrico para solubizado completo con sus accesorios, un tanque para
temple con su agitador y demás accesorios y un juego de repuestos para la
maquinaria;
II) Esta inversión adicional asciende a la suma de U$S 150.509,00,
representando un 11% del monto total del activo fijo previsto, situándose
la tasa interna de retorno en 34% y en 8% para la financiera y económica
respectivamente.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo dispuesto por la ley 14.178, del 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 31 de enero de 1979
- por la cual se declaró de Interés Nacional el proyecto presentado por
Fábrica Uruguaya de Neumáticos S.A. (F.U.N.S.A.) para fabricar cables en
aluminio desnudos, aislados y con alma de acero, adecuando la División
Conductores Eléctricos de la empresa a los requerimientos actuales - en el
sentido de incluir dentro del listado de equipamiento, no competitivo de
la industria nacional, exonerado en el numeral 2º de dicha resolución, un
horno eléctrico para solubilizado completo con sus accesorios un tanque
para temple con su agitador y demás accesorios y un juego de repuestos de
la maquinaria.
APARICIO MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - VALENTIN ARISMENDI - ADOLFO
FOLLE MARTINEZ - HECTOR P. RIVIERE