AUTORIZACION A THENON S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE M'BOPICUA




Promulgación: 07/03/2001
Publicación: 16/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 573
Referencias a toda la norma

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 CAUSAS DE EXTINCION DE LA CONCESION Y AUTORIZACION
a) Vencimiento del plazo. La concesión se extinguirá por expiración del
   plazo original o cualquiera de sus prórrogas. Con una anticipación no
   menor a seis meses con respecto al vencimiento del plazo Thenon S.A. y
   el MTOP establecerán un plan de transferencia que fijará plazos y demás
   condiciones en las que Thenon S.A. entregará y el MTOP accederá a las
   obras e instalaciones que correspondan.
b) Mutuo acuerdo. Thenon S.A. y el Concedente podrán acordar la extinción
   de la concesión y autorización en cualquier momento y conforme a las
   condiciones que se establezcan en el acuerdo respectivo.
c) Incumplimiento grave de Thenon S.A.. El incumplimiento grave de Thenon
   S.A. podrá determinar la revocación de la concesión y autorización sin
   derecho de Thenon S.A. a indemnización alguna o reembolso por las obras
   construidas en el álveo. Dentro de los actos pasibles de dar lugar a la
   revocación por incumplimientos graves de Thenon S.A. se incluye, entre
   otros:
*  Deficiente conservación de obras, equipos, bienes e instalaciones
   dentro de las áreas otorgadas en concesión, sumada a la negativa de
   Thenon S.A. (previa intimación) a efectuar las reparaciones y
   mantenimientos considerados necesarios por la Administración.
*  Incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, en particular
   lo dispuesto en los artículos 172, 173, 175 y 182 del Código de Aguas.
*  Atraso en el inicio o en la ejecución del proyecto ejecutivo de las
   obras o en sus ajustes, o la no aprobación del mismo por los organismos
   competentes. Se considerará atraso en el inicio el no comienzo de las
   obras de la primera etapa en un plazo máximo de 90 días a partir de la
   aprobación del Proyecto Ejecutivo.
*  Actos de inobservancia, reticencia u ocultamiento de información a la
   Administración.
*  Cesión total o parcial de la concesión, autorización o permiso, sin
   autorización previa del Concedente.
*  Destrucción de la infraestructura, equipos, bienes ó instalaciones o
   grave perjuicio ambiental provocado por dolo o culpa grave de Thenon
   S.A..
*  Abandono por parte de Thenon S.A., el que quedará configurado cuando
   Thenon S.A. deje de prestar servicios por un período tal, o realice
   actos u omisiones que hagan presumir fehacientemente que no continuará
   la explotación de los servicios portuarios autorizados, excepto por
   causas de fuerza mayor, caso fortuito o motivos justificados a juicio
   de la Administración.
*  La realización de actividades no autorizadas dentro del Recinto
   Portuario.
En forma previa a extinguir la Concesión, el MTOP intimará a Thenon S.A. 
para que en el término de quince días, subsane el incumplimiento materia 
de la intimación. Si el inconveniente no fuera subsanado integramente, el 
MTOP podrá revocar la presente resolución notificando a Thenon S.A. tal 
decisión aplicando las respectivas penalidades, reclamando los 
respectivos daños y perjuicios ejecutando la garantía correspondiente.
d) Quiebra o liquidación de Thenon S.A.. Cuando Thenon S.A. sufra 
embargos con o sin secuestro de bienes por montos superiores al cincuenta 
por ciento de sus activos declarados en el último balance o se constate 
que su situación económico-financiera es de insolvencia y que se halla 
impedida de realizar las obras o de prestar los servicios concesionados, 
o se compruebe que se encuentra en quiebra, concurso, concordato o 
liquidación, el Concedente podrá revocar la concesión con idénticas 
consecuencias que para el caso de incumplimiento grave de Thenon S.A..
Referencias al numeral
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