CAUSAS DE EXTINCION DE LA CONCESION Y AUTORIZACION
a) Vencimiento del plazo. La concesión se extinguirá por expiración del
plazo original o cualquiera de sus prórrogas. Con una anticipación no
menor a seis meses con respecto al vencimiento del plazo Thenon S.A. y
el MTOP establecerán un plan de transferencia que fijará plazos y demás
condiciones en las que Thenon S.A. entregará y el MTOP accederá a las
obras e instalaciones que correspondan.
b) Mutuo acuerdo. Thenon S.A. y el Concedente podrán acordar la extinción
de la concesión y autorización en cualquier momento y conforme a las
condiciones que se establezcan en el acuerdo respectivo.
c) Incumplimiento grave de Thenon S.A.. El incumplimiento grave de Thenon
S.A. podrá determinar la revocación de la concesión y autorización sin
derecho de Thenon S.A. a indemnización alguna o reembolso por las obras
construidas en el álveo. Dentro de los actos pasibles de dar lugar a la
revocación por incumplimientos graves de Thenon S.A. se incluye, entre
otros:
* Deficiente conservación de obras, equipos, bienes e instalaciones
dentro de las áreas otorgadas en concesión, sumada a la negativa de
Thenon S.A. (previa intimación) a efectuar las reparaciones y
mantenimientos considerados necesarios por la Administración.
* Incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, en particular
lo dispuesto en los artículos 172, 173, 175 y 182 del Código de Aguas.
* Atraso en el inicio o en la ejecución del proyecto ejecutivo de las
obras o en sus ajustes, o la no aprobación del mismo por los organismos
competentes. Se considerará atraso en el inicio el no comienzo de las
obras de la primera etapa en un plazo máximo de 90 días a partir de la
aprobación del Proyecto Ejecutivo.
* Actos de inobservancia, reticencia u ocultamiento de información a la
Administración.
* Cesión total o parcial de la concesión, autorización o permiso, sin
autorización previa del Concedente.
* Destrucción de la infraestructura, equipos, bienes ó instalaciones o
grave perjuicio ambiental provocado por dolo o culpa grave de Thenon
S.A..
* Abandono por parte de Thenon S.A., el que quedará configurado cuando
Thenon S.A. deje de prestar servicios por un período tal, o realice
actos u omisiones que hagan presumir fehacientemente que no continuará
la explotación de los servicios portuarios autorizados, excepto por
causas de fuerza mayor, caso fortuito o motivos justificados a juicio
de la Administración.
* La realización de actividades no autorizadas dentro del Recinto
Portuario.
En forma previa a extinguir la Concesión, el MTOP intimará a Thenon S.A.
para que en el término de quince días, subsane el incumplimiento materia
de la intimación. Si el inconveniente no fuera subsanado integramente, el
MTOP podrá revocar la presente resolución notificando a Thenon S.A. tal
decisión aplicando las respectivas penalidades, reclamando los
respectivos daños y perjuicios ejecutando la garantía correspondiente.
d) Quiebra o liquidación de Thenon S.A.. Cuando Thenon S.A. sufra
embargos con o sin secuestro de bienes por montos superiores al cincuenta
por ciento de sus activos declarados en el último balance o se constate
que su situación económico-financiera es de insolvencia y que se halla
impedida de realizar las obras o de prestar los servicios concesionados,
o se compruebe que se encuentra en quiebra, concurso, concordato o
liquidación, el Concedente podrá revocar la concesión con idénticas
consecuencias que para el caso de incumplimiento grave de Thenon S.A..