Visto: la solicitud de la firma Medea S.A. a fin de que se le autorice a
importar equipamientos al amparo de la resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 23 de noviembre de 1979, por la cual fue declarada de Interés
Nacional.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial entiende que es
procedente la ampliación de la citada resolución, a efectos de incluir
dentro de las exoneraciones otorgadas en la misma, un telar de alta
velocidad completo, una máquina picadora completa, dos telares de crochet
de alta velocidad completos todos con sus correspondientes accesorios y
repuestos; en atención a que esta inversión adicional asciende a la suma
de U$S 53.604,00, representando un 13% del activo fijo previsto en el
proyecto, la tasa interna de retorno se sitúa en 11% y en 13% para la
financiera y económica respectivamente.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo dispuesto por la ley 14.178, del 28 de marzo de 1974 (Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de noviembre de
1979 - por la cual se declaró de Interés Nacional el proyecto presentado
por la firma Medea S.A., dedicada a la producción de cintas elásticas,
grifas bordadas y galones para la ampliación de su planta de producción en
el rubro de grifas -, en el sentido de incluir dentro del listado de
equipamiento exonerado en el numeral 2º de dicha resolución, un telar de
alta velocidad completo, una máquina picadora completa, dos telares de
crochet de alta velocidad completos todos con sus accesorios y repuestos,
declarados no competitivo de la industria nacional.