Visto: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones pone en conocimiento la situación de incumplimiento creada
por la sociedad anónima "FRAY BENTOS VIDEO CABLE S.A." adjudicataria del
servicio de televisión para abonados en la ciudad de Fray Bentos,
departamento de Río Negro.
Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 73.473 de
fecha 31 de enero de 1995, se autorizó a "FRAY BENTOS VIDEO CABLE S.A." a
complementar con el sistema MMDS en la banda de 2.500 a 2.686 Mhz, el
servicio de televisión para abonados en la modalidad cable, que suministra
en la ciudad de Fray Bentos, departamento de Río Negro, disponiéndose
además que la Dirección Nacional de Comunicaciones asignare 4 (cuatro)
frecuencias a tales efectos.
II) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones
129/995 de fecha 21 de febrero de 1995 se asignó a la citada sociedad
anónima el uso de las frecuencias correspondientes para complementar el
servicio de televisión para abonados referido.
Considerando: que "FRAY BENTOS VIDEO CABLE S.A." no instaló el sistema
de MMDS autorizado en el plazo establecido por el artículo 15 del Decreto
349/990 de 7 de agosto de 1990, ni en el plazo de prórroga otorgado por la
Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones 85/996 de fecha 22
de febrero de 1996.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dictaminado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional, a lo informado por la
Dirección Nacional de Comunicaciones y a lo dispuesto por el Decreto
349/990 de 7 de agosto de 1990.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo 73.473 de 31 de
enero de 1995, revocándose la autorización concedida a la sociedad anónima
"FRAY BENTOS VIDEO CABLE S.A." para complementar el servicio de televisión
para abonados, con el sistema de distribución, multiseñal, multipunto
(MMDS), en la ciudad de Fray Bentos, departamento de Río Negro.