DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. LA MUNDIAL SA




Promulgación: 08/10/1981
Publicación: 18/11/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1304
  Visto: la solicitud de la firma La Mundial, dedicada a la fabricación de
artículos de algodón, lana, fibras sintéticas, fibras artificiales y sus
mezclas, tendiente a obtener al amparo de la ley 14.178, de Promoción
Industrial, del 28 de marzo de 1974, la declaración de Interés Nacional
para la actividad que se propone realizar según su Proyecto de Inversión y
la concesión de diversos beneficios promocionales.

  Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la incorporación de
máquinas y equipos destinados principalmente a: 1) El mejoramiento de la
calidad de producción; 2) la fabricación de un nuevo producto: frazadas de
dos plazas de 2 metros de ancho;

II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
Inversión presentado por La Mundial S.A. y propone medidas promocionales.

  Considerando: que el proyecto presentado por la firma La Mundial S.A. es
viable, técnica, financiera y económicamente y encuadra dentro del Plan
Nacional de Desarrollo en cuanto cumple con: la diversificación de la
producción -el mejoramiento de la calidad de los productos, -el aumento de
la capacidad de producción, -la mayor competitividad en el mercado.

  Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial, del
28 de marzo de 1974,

                       El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

  Declárase de Interés Nacional la actividad del Proyecto de Inversión
presentado por La Mundial, dedicada a la fabricación de artículos de
algodón, lana, fibras sintéticas, fibras artificiales y sus mezclas, para
la incorporación de maquinarias y equipos nuevos en su actual planta
industrial.

2

   Exonérase en forma total a la empresa La Mundial S.A., de recargos,
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la
industria nacional":

- Una (1) carda.
- Dos (2) telares sin lanzadera.
- Un (1) manuar.
- Una (1) rama plana.

3

   El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa La Mundial S.A. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 195.900 y siempre que se realicen dentro del plazo de 1
(un) año a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del 19 de noviembre de
1979.

4

   A los efectos del control y seguimiento, la empresa La Mundial S.A.,
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio
de toda otra información que le sea requerida.

5

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.

6

  Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento de presente proyecto. Su incumplimiento podrá
cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de
parte de la autoridad respectiva, la revocación de la Declaración de
Interés Nacional de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley
14.178 de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan.

7

  Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - JUAN A. CHIARINO ROSSI -
ESTANISLAO VALDES OTERO
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