AUTORIZACION AL SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA A DICTAR ACTOS ADMINISTRATIVOS PARA PAGAR LAS COMPENSACIONES A QUIENES DESEMPEÑEN FUNCIONES DE APOYO AL PRESIDENTE, SECRETARIO, PROSECRETARIO DE LA PRESIDENCIA Y JEFE DE LA CASA MILITAR
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 16.736
de 5 de enero de 1996 y sus modificativos, artículo 55 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, artículo 53 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008, así como lo establecido por el artículo 82 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 61 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007 y artículo 36 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, y normas reglamentarias;
RESULTANDO: que dichas normas regulan la facultad del Jerarca del Inciso de otorgar compensaciones a quienes desempeñen funciones consideradas prioritarias para el servicio de apoyo directo al Presidente de la República, Secretario, Prosecretario y Jefe de la Casa Militar, y a quienes pasen a prestar efectivamente servicios en comisión en las distintas unidades ejecutoras del Inciso 02 "Presidencia de la República";
CONSIDERANDO: I) que por notorias razones de buena administración, principalmente la necesidad de lograr una mayor agilidad y eficiencia en el ejercicio de las funciones de la Presidencia de la República, se estima conveniente encomendar al Secretario de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces, el dictado del acto administrativo de asimilación a los efectos previstos en las mencionadas normas;
II) que por lo expresado procede dejar sin efecto la Resolución 381/018 de 6 de agosto de 2018;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Encomiéndase al Secretario de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces, el dictado del acto administrativo de asimilación a los efectos previstos en las normas citadas en el Visto.