PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. GERYLA S.A.




Promulgación: 17/01/1996
Publicación: 02/02/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: La solicitud efectuada por la firma GERYLA S.A., que gira en el
ramo Textil, a fin de que se extienda el beneficio de Seguro por
Desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a 14 de sus
empleados.

  Resultando:  Que la segmentación del mercado local, con la
consiguiente disminución de los volúmentes de venta, a lo que debe
agregarse la caída de la exportación por problemas coyunturales con
países vecinos, ha determinado el cierre parcial y temporario de las
operaciones de producción y el envío del personal al Seguro por
Desempleo.

  Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley
Nº 15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, teniendo presente que posee
tecnología de avanzada y con personal especializado que se perdería
si no se prorrogara el Seguro por Desempleo.

III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa
seguir instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener
la fuente de trabajo a dicho personal especializado.

  Atento: A lo expuesto precedentemente expuesto y a lo establecido en
el artículo 10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

  Extiéndase por el plazo de 60 días, a contar desde los respectivos
vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo que otorga
el Banco de Previsión Social  a los 14 (catorce) empleados especializados
de la firma GERYLA S.A. que se encuentren en condiciones de acceder a la
misma. 

2

   Comuníquese, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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