Exonérase a la firma Urumar S.A., del 60% (sesenta por ciento) de las
obligaciones por aportes patronales del Banco de Previsión Social,
Asignaciones Familiares y Seguros de Enfermedad y Desocupación por el
término de tres (3) años y del 30% (treinta por ciento) por los tres (3)
años siguientes, todo referido a la mano de obra incorporada a los bienes
exportados (Artículo 8, literal B) de la Ley de Promoción Industrial).