Exonérase en forma total a la firma Urumar S.A. por el término de 3
(tres) años, del impuesto a las transacciones inmobiliarias y adicionales
así como a la compra venta de bienes inmuebles para la adquisición de
propiedades para la implantación del proyecto (Artículo 8, literal A) de
la Ley de Promoción Industrial).