Visto: la gestión de Atma S.A., tendiente a que se le autorice a
importar el equipamiento que detalla al amparo de la resolución del Poder
Ejecutivo de 1º de agosto de 1979, por la cual fuera declarada de Interés
Nacional.
Resultando: que la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
correspondería ampliar la citada resolución incluyendo tal equipamiento
dentro de las exoneraciones dispuestas por la mencionada resolución.
Atento: a lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo dispuesto en la Ley 14.178, del 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1º de agosto de
1979, - por la cual se declaró de Interés Nacional la actividad del
proyecto de inversión presentado por Atma S.A. para la renovación y
ampliación del equipo de producción, en el sentido de exonerar en forma
total a dicha empresa de recargos, incluso el mínimo, derechos y tasas
consulares, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización
de Bultos y en general de todo tributo cuya aplicación pudiera
corresponder en ocasión de la importación del siguiente equipamiento no
competitivo nacional:
- Una (1) unidad enfriadora de agua completa con todos sus
accesorios y diecisiete (17) unidades "Fan Coils" con todos sus
accesorios.