VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de la firma
LEONER S.A., como empresa operadora de servicios portuarios.
RESULTANDO: I) Que la citada firma, fue habilitada por Resolución del
Poder Ejecutivo, de fecha 26 de agosto de 2004, para cumplir servicios en
el Grupo "Al Buque" en la categoría "Reparaciones Navales", en el Puerto
de Montevideo.
II) Que la Administración Nacional de Puertos, en virtud de que la citada
empresa fue suspendida a partir del 16 de abril de 2004, por
incumplimiento del artículo 5 literales f) y g) del Decreto N° 413/992,
dispuso, según Resolución de Directorio N° 893/3.706 de 20 de noviembre de
2013, la pertinente inhabilitación y por consiguiente su correspondiente
anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.
III) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron sin formular observaciones al respecto.
CONSIDERANDO: pertinente dictar resolución que contemple la gestión de que
se trata.
ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decreto N° 413/992 de 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Apruébase la inhabilitación de la firma LEONER S.A., como empresa
operadora de servicios portuarios y por consiguiente su correspondiente
anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, dispuesta por Resolución del Directorio de la Administración
Nacional de Puertos N° 893/3.706 de 20 de noviembre de 2013.