VISTO: el artículo 44 de la Ley 15.767 del 13 de setiembre de 1985, que
autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a contratar un Seguro de
Asistencia Médica Hospitalaria para los funcionarios de dicho inciso y su
núcleo familiar, cuando presenten funciones en el exterior;
RESULTANDO: I) que dicha cobertura se encontraba contemplada por el
contrato celebrado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el
Banco de Seguros del Estado con vigencia hasta el 31 de enero de 2005, la
que abarcaba además los riesgos de Vida, Muerte Accidental y
Desmembramiento;
II) que en forma previa al vencimiento del contrato relacionado, se
iniciaron las gestiones correspondientes con el Banco de Seguros del
Estado tendientes a la renovación de la póliza vigente;
III) que luego de haberse solicitado la renovación de la póliza, se ha
considerado favorablemente la propuesta presentada por el Banco de
Seguros del Estado, con fecha 14 de enero de 2005, cuyo costo anual se
estima se situaría en la suma de U$S 1:816.992.00;
CONSIDERANDO: I) que por encuadrarse en términos razonables, la
propuesta de renovación formulada por el Banco de Seguros del Estado con
fecha 14 de enero de 2005, ha resultado procedente su aceptación;
II) que el Tribunal de Cuentas de la República se ha expedido en la
carpeta Número 170.110;
ATENTO: a lo antes expuesto y a lo establecido por el artículo 44 de la
ley 15.767 del 13 de setiembre de 1985, artículo 85 de la Ley 12.802 de
30 de noviembre de 1960 en la redacción dada por el artículo 227 de la
Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y a lo dispuesto por el artículo
33, numeral 3 literal A) y 97 del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera del Estado;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores la renovación del
Seguro de Asistencia Médico Hospitalaria contratado con el Banco de
Seguros del Estado, por el plazo de un año a partir del 1ero. de febrero
del 2005, para los funcionarios de dicho inciso y su núcleo familiar,
cuando presten funciones en el exterior de acuerdo a la propuesta
presentada por dicha institución el 14 de enero de 2005, que incluye los
riesgos de Desmembramiento, Muerte Accidental y de Vida.-