VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo N° 9/2011, de 14 de enero de
2011;
RESULTANDO: I) que por el numeral 1° de la misma, se autorizó la creación
de la firma LUVTEL S.A. denominada "SUMA (SOCIEDAD URUGUAYA DE MEDICINA
AVANZADA)" como Institución de Asistencia Médica Privada Particular de
Cobertura Total, sita en la calle José Mazzini N° 2957 de esta ciudad,
bajo la Dirección Técnica de la Dra. Cristina Tur;
CONSIDERANDO: I) que el Departamento Evaluación de la Conformidad de la
División Habilitación Sanitaria del Ministerio de Salud Pública, solicita
la rectificación del numeral 1° en el sentido que, donde dice: "Autorízase
la creación de la firma LUVTEL S.A., denominada SUMA (Sociedad Uruguaya de
Medicina Avanzada)", debe decir: "Autorízase la recategorización de la
firma LUVTEL S.A., denominada SUMA (Sociedad Uruguaya de Medicina
Avanzada)";
II) que en virtud de lo expresado, corresponde proceder en consecuencia;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Establécese que en el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N°
9/2011, de 14 de enero de 2011, donde dice: "Autorízase la creación de la
firma LUVTEL S.A., denominada SUMA (Sociedad Uruguaya de Medicina
Avanzada) como Institución de Asistencia Médica Privada Particular de
Cobertura Total, con domicilio en la calle José Mazzini N° 2957 de esta
ciudad, bajo la Dirección Técnica de la Dra. Cristina Tur", debe decir:
"Autorízase la recategorización de la firma LUVTEL S.A., denominada SUMA
(Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada) como Institución de Asistencia
Médica Privada Particular de Cobertura Total, con domicilio en la calle
José Mazzini N° 2957 de esta ciudad, bajo la Dirección Técnica de la Dra.
Cristina Tur".