OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. ELECTROQUIMICA S.A.




Promulgación: 03/01/2002
Publicación: 14/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa ELECTROQUIMICA S.A. a fin de que se 
otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de 
Previsión Social para 3 (tres), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la situación recesiva en la industria ha determinado el 
envío de parte del personal de la empresa al Seguro por Desempleo, el que 
no puede ser reintegrado en la actualidad.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro 
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas 
necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Otórgase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 3 (tres), 
trabajadores de la firma ELECTROQUIMICA S.A. que se encuentren en 
condiciones legales de acceder al mismo.

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se amplía, se calculará de 
conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, de 
20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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