Exonérase en forma total a la empresa Caucho Calza S.A. de recargos
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas
portuarias, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización
de Bultos y, en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en
ocasión de la importación del equipamiento previsto en el proyecto, según
listado detallado en Anexo Nº 1 que se incorpora a la presente resolución
(hoja numerada E.j. Nº 213.129 y E.j. 213.121). (*)