El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Determínase que los valores mensuales en pesos uruguayos del referido reintegro para los diferentes subsistemas y rangos de tamaño de los ómnibus cuya integración a la flota se produzca a partir del 1° de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive ("Generación 2025") serán los siguientes:
Establécese que aquellos ómnibus que en un mismo mes hayan operado en diferentes subsistemas, serán beneficiarios de un valor de reintegro mensual que será el resultado de ponderar los kilómetros que recorrió en cada subsistema y el valor del reintegro para cada subsistema.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 272/025 de
30/07/2025.