OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CARLOS R. CRISTIANI Y HNOS. S.A.




Promulgación: 07/03/2001
Publicación: 19/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de CARLOS R. CRISTIANI Y HNOS. S.A., a fin de que se 
extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de 
Previsión Social, a 3 (tres), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la caída de la actividad y las dificultades económicas y 
financieras por las que atraviesa la industria, ha determinado el envío 
de parte del personal de la firma al Seguro por Desempleo, el que no 
puede ser reincorporado en la actualidad.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta de interés el mantenimiento de la fuente de trabajo que 
proporciona la empresa, teniendo presente que posee personal que se 
perdería si no se prorrogara el Seguro por Desempleo.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Otórgase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 3 (tres) 
trabajadores de la firma CARLOS R. CRISTIANI Y HNOS. S.A. que se 
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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