VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por el señor Gerardo
Alzugaray permisionario de la difusora CW 121 "Radio Libertador", que
opera en la frecuencia 1.210 Khz. en la ciudad de Vergara, departamento de
Treinta y Tres para transferir la titularidad de dicha difusora a la
sociedad "GRUPO VIDA S.R.L.".-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 300/981 de 24
de febrero de 1981, se autorizó al señor Gerardo Alzugaray el uso de la
frecuencia referida, con una potencia de 250 vatios.-
II) que con fecha 4 de junio de 1997, dicha persona solicita la
autorización previa para transferir dicha frecuencia a la sociedad "GRUPO
VIDA S.R.L." integrada por los señores Eduardo EFFA, Santiago MASSARO y
Enrique PICON, quienes suscriben de conformidad dicha petición.-
CONSIDERANDO: que los señores Eduardo EFFA, Santiago MASSARO y Enrique
PICON se han presentado cumpliendo con todas las exigencias dispuestas por
el Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los artículos
8vo., 9no., y 15to. del Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990,
Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992 y normas concordantes y a lo
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de la titularidad de la frecuencia 1.210
Khz., que opera en la ciudad de Vergara, departamento de Treinta y Tres,
CW 121 "Radio Libertador" a la sociedad "GRUPO VIDA S.R.L." integrada por
los señores Eduardo EFFA, Santiago MASSARO y Enrique PICON.