El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por los propietarios de los inmuebles padrones rurales N° 17.580 y N° 17.581 de la décima sección catastral del departamento de Cerro Largo, anterior parte del padrón en mayor área N° 6.402;
RESULTANDO: I) que por la misma solicitan, se modifique la Resolución del Poder Ejecutivo N° 929/977, de 25 de junio de 1977, a efectos ser excluidos esos padrones, de la calidad de monumentos históricos, por no corresponder al bien denominado Cerro del Vichadero conforme se identifica en la citada;
II) que por el literal c) del numeral 25) de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 929/977, de 25 de junio de 1977, se declaró Monumento Histórico el: "Cerro Vichadero, situado en Campamento y entorno en un área de 50 hectáreas circundante al mismo, Padrón rural N° 6.402, Décima Sección judicial";
III) que los actuales titulares de los referidos padrones, aportan información gráfica y documentos técnicos que demuestran que se padeció error en la citada Resolución, en lo que respecta a la adjudicación del número de padrón del Cerro Vichadero objeto de la protección;
CONSIDERANDO: I) que los servicios técnicos de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura, en base a la información presentada y relevada, a saber: informe de Ing. Agrimensor de 16 de agosto de 2023, informe de la División Geodesia y Topográfica del Instituto Geográfico Militar, de 14 de agosto de 2023, el Decreto de la Junta Departamental de Cerro Largo N° 61/16 en relación a las directrices departamentales de ordenamiento y desarrollo sostenible de Cerro Largo, ubicación de los padrones según portal de geoCatastro de la Dirección Nacional de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas, ubicación de los padrones según el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, e imagen topográfica de la zona, concluyen que asiste razón a los promotores de las actuaciones;
II) que el padrón rural perteneciente al Monumento Histórico Cerro del Vichadero es el N° 11.292 sito en el departamento de Cerro Largo (foja 28 y 29);
III) que corresponde adecuar la documentación gráfica con la correcta identificación del bien a proteger a través de la Resolución respectiva, por lo que se accederá a lo solicitado, procediendo a su modificación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 14.040, de 20 de octubre de 1971, sus modificativas, concordantes y complementarias y a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación del Ministerio de Educación y Cultura;
El MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
- en ejercicio de atribuciones delegadas -
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 929/977 de 25/06/1977
numeral 1 numeral 25), literal c).